20 de abril de 2025

Las prepagas anuncian aumento para noviembre duplicando la inflación

Los importes de aumento oscilan entre 3,9% y el 6,9%. La inflación fue 3.5%

Las prepagas anuncian aumentos de hasta 7% en noviembre pese a que el último indicador de inflación reportó 3,5% de variación intermensual. La medida tomada por las empresas de salud ya empezó a ser comunicada entre sus afiliados.

Algunos comenzaron a recibir avisos de que las facturas a pagar en noviembre tendrán aumentos que llegan a duplicar la inflación de septiembre, que se ubicó en 3,5%.

Las empresas de servicios de salud están enviando comunicaciones con importes que oscilan entre 3,9% y el 6,9%.

“El sector de Salud continúa atravesando un contexto muy complejo, con atrasos en el precio de sus cuotas y el consecuente desfasaje en el ajuste de los valores que se destinan a la red de prestadores e instituciones médicas”, comunicó Galeno a sus afiliados para justificar el incremento de 6,9%.

Por pedido de las entidades de medicina privada, el Gobierno postergó para el 1 de diciembre la entrada en vigencia de la norma que habilita a las prepagas a aplicar los aumentos de las cuotas de forma diferencial y que exige que informen con anticipación las subas junto con los costos de facturación, a través de la Resolución 3386/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La decisión de posponer hasta el 1 de diciembre la aplicación de la Resolución 2155, llevada adelante por la Superintendencia de Servicios de Salud, fue tomada a pedido de las entidades de medicina privada, con el objetivo de contar con un mayor plazo para la implementación de la misma.

La norma establece que los aumentos en las cuotas de los planes de cobertura ofrecidos por las prepagas “pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención médico asistencial”.

Además, estipula que las entidades “deberán informar a esta Superintendencia de Servicios de Salud sobre dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos”.

Asimismo, determina que la comunicación de los ajustes en el valor de las cuotas debe realizarse “dentro de los 5 días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mensualmente realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos”, y dispone que “deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente”.