El juez Mariano Candal hizo lugar a una cautelar presentada por el Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público (SUTEP) y dejó en suspenso disposiciones que modificaban el convenio colectivo 704/14. La medida alcanza los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral y los artículos 6 y 7 del Decreto 407/2026, con vigencia exclusiva para el sector del espectáculo.
El fallo mantiene la plena exigibilidad del convenio hasta que haya sentencia definitiva. Entre los puntos cuestionados figuran la ultraactividad de los convenios y límites a aportes y contribuciones sindicales.
El SUTEP, conducido por Miguel Ángel Paniagua, amplió su reclamo con el Decreto 612/2026, objetando la exclusión de conceptos como el SAC y las horas extras de la base salarial. La CGT respaldó la presentación y destacó que las restricciones analizadas carecen de antecedentes en el sistema argentino, además de contradecir convenios de la OIT.
La central obrera subrayó que la discusión trasciende al sindicato de espectáculos, porque involucra la continuidad de los convenios colectivos y el financiamiento de las organizaciones gremiales.




