Desde el organismo advirtieron que el alquiler, la cesión o el abandono de las propiedades son causales directas de desadjudicación.
Carmen Glosinski, gerente del área Social del instituto, explicó en diálogo radial que el personal técnico realiza relevamientos constantes. El objetivo es constatar que el titular y el grupo familiar declarado en la inscripción residan efectivamente en el lugar. La presencia de terceros sin contrato o la ausencia injustificada activan de inmediato un proceso administrativo para restituir el inmueble al Estado.
Restricciones y excepciones
La normativa vigente prohíbe estrictamente alquilar, vender o prestar las propiedades que aún no hayan sido canceladas en su totalidad. Sin embargo, existen excepciones legales: ante situaciones de fuerza mayor —como tratamientos médicos fuera de la provincia—, los adjudicatarios pueden tramitar un permiso especial de guarda temporal.
Por otra parte, el organismo habilitó la participación comunitaria para reportar irregularidades. Los vecinos pueden denunciar de forma oficial la existencia de casas vacías presentando una nota en la Mesa de Entradas de la sede central o en cualquiera de las delegaciones.
Finalmente, las autoridades recordaron que estas disposiciones —publicadas en el Boletín Oficial— buscan recuperar de forma física las unidades en infracción para destinarlas a familias que mantienen una necesidad habitacional real y directa.




