19 de diciembre de 2025

El Gobierno redefine el servicio de rampas en los aeropuertos

El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) derogó la Resolución 51/2025 y reafirmó la libertad de operación para los Prestadores de Servicio de Rampa (PSR). La medida, confirmada en la madrugada del viernes, establece un nuevo marco normativo que garantiza equidad y continuidad en la atención en tierra…

El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) derogó la Resolución 51/2025 y reafirmó la libertad de operación para los Prestadores de Servicio de Rampa (PSR). La medida, confirmada en la madrugada del viernes, establece un nuevo marco normativo que garantiza equidad y continuidad en la atención en tierra de aeronaves.

La decisión se apoya en la Resolución N° 49/2024 de la Secretaría de Transporte y fija criterios de concurrencia, transparencia y libre competencia. “Ningún operador aeroportuario podrá limitar o impedir el acceso al aeropuerto a los PSR que lo requieran”, sostiene el documento oficial, subrayando que el derecho de operación es válido tanto para autoprestación como para servicios a terceros.

En casos de aeropuertos con capacidad limitada, se habilitó un reglamento de excepción. Allí, los operadores podrán solicitar autorización especial al ORSNA cuando la demanda de espacios supere la oferta real disponible. La normativa prohíbe adjudicar la totalidad de los espacios a un solo prestador y fija precios uniformes para todos los PSR, sin subastas ni privilegios.

El Explotador Aeroportuario tendrá la responsabilidad de asegurar la eficacia y eficiencia del servicio, cumpliendo estándares internacionales de calidad. Incluso ante conflictos comerciales o restricciones de infraestructura, la prestación no podrá interrumpirse. Los reclamos deberán resolverse según los instrumentos jurídicos vigentes y, en primera instancia, ante el ORSNA.

La resolución también establece que cada PSR deberá contar con un contrato escrito con el operador aeroportuario para el uso de los espacios. Este requisito se convierte en condición indispensable para garantizar la continuidad del servicio dentro del Sistema Nacional de Aeropuertos.