El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, oficializó un nuevo régimen para la convalidación de títulos secundarios obtenidos en el extranjero. La Resolución 480/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece que quienes hayan finalizado sus estudios en instituciones reconocidas por autoridades educativas extranjeras ya no deberán aprobar asignaturas de Formación Nacional para validar sus títulos en Argentina.
La medida busca agilizar el acceso a la educación superior para argentinos y extranjeros que terminaron el secundario fuera del país, unificando criterios que hasta ahora estaban regulados por dos resoluciones distintas (497/2006 y 3356/2019). A partir de ahora, el trámite deberá iniciarse mediante la plataforma de la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios.
Documentación requerida
- Documento que acredite identidad.
- Título o certificado emitido por la autoridad educativa del país de origen.
- Traducción al español por traductor autorizado, cuando corresponda.
- Apostilla de La Haya o certificación ministerial/consular según el país emisor.
La Dirección de Validez Nacional será la encargada de aprobar o rechazar las solicitudes y comunicar la decisión.
En los fundamentos, el Gobierno destacó el aumento de estudiantes que finalizan el secundario en el exterior y la necesidad de modernizar el sistema de reconocimiento de estudios. Además, señaló que la simplificación responde al principio de buena administración previsto en la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo, con el objetivo de brindar una gestión “más transparente, ágil, eficiente y de calidad”.
La resolución también instruye a la Secretaría de Educación a impulsar acuerdos de reciprocidad con otros países para facilitar el reconocimiento de estudios realizados en Argentina.
La nueva normativa entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y será aplicable únicamente a los trámites iniciados desde esa fecha.




