La Prefectura Naval Argentina, a través de su Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, implementó cambios en la normativa vigente con el objetivo de reforzar la seguridad marítima y proteger la vida humana en el mar.
La medida surge tras una recomendación de Seguridad Operacional (RSO-MA-21-23), emitida luego del siniestro del buque Floridablanca IV. En consecuencia, se actualizó el Artículo 2, inciso B, de la Ordenanza N° 2/13: a partir de ahora, en los casos en que el personal de la Marina Mercante declare formalmente haber sufrido una disfunción psicofísica, la Autoridad Marítima suspenderá su certificación de aptitud física.
Asimismo, se introdujeron modificaciones en la Ordenanza N° 9-02, que regula los trámites del Registro Nacional de Buques. En el caso de embarcaciones nuevas obligadas a contar con Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación, ya no será necesario registrar el número de motor en la matrícula, evitando así gestiones adicionales.
Para los buques mercantes que realicen un cambio de motor, una vez verificada la inexistencia de deudas o gravámenes, se emitirá un nuevo certificado de matrícula sin consignar el número de motor. De esta manera, futuros reemplazos podrán realizarse con mayor agilidad, con intervención exclusiva del Departamento Técnico de la Navegación.
Con estas actualizaciones, la Autoridad Marítima nacional busca actuar de manera preventiva, cuidando la salud del personal navegante, la seguridad de los buques y la vida de todas las personas a bordo, además de optimizar la atención y agilizar los trámites administrativos.