22 de diciembre de 2025

Parques Nacionales autorizó microeventos en el área de Cataratas del Parque Iguazú por un año

La medida habilita actividades de pequeña escala de hasta 60 personas, con trámite simplificado y controles ambientales estrictos, en carácter experimental y excepcional.

La Administración de Parques Nacionales (APN) autorizó la realización de microeventos en el Área Cataratas del Parque Nacional Iguazú, bajo un régimen especial, transitorio y experimental, con vigencia de un año. La decisión fue oficializada este lunes en el Boletín Oficial a través de la Resolución 460/2025, firmada por el Directorio del organismo.

Según la norma, se considerarán microeventos únicamente aquellas actividades de pequeña escala que no superen los 60 participantes, que se desarrollen en sectores de uso público intensivo y que cumplan con condiciones operativas y ambientales específicas, detalladas en los anexos que integran la resolución.

La medida habilita a la Intendencia del Parque Nacional Iguazú a tramitar y otorgar las autorizaciones correspondientes para este tipo de actividades, mediante un procedimiento simplificado, siempre que se presente una Ficha de Proyecto y se suscriba una Declaración Jurada de Compromiso Ambiental.

Desde la APN señalaron que la decisión responde a una necesidad operativa planteada por la Intendencia del parque, con el objetivo de agilizar trámites vinculados a actividades que se realizan de manera sistemática, sin modificaciones permanentes del entorno ni impactos ambientales relevantes.

El texto indica que el Área Cataratas cuenta con infraestructura y capacidad operativa para evaluar este tipo de propuestas, dado el alto flujo de visitantes que recibe habitualmente. Además, se estableció como parámetro objetivo el límite de 60 asistentes, considerado compatible con la infraestructura existente y el funcionamiento regular del sector.

En caso de superarse ese umbral, las actividades quedarán alcanzadas por el Reglamento para la Realización de Eventos Especiales y por el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, lo que implicará un procedimiento más exhaustivo de análisis y autorización.

La Dirección Técnica de Conservación evaluó que, bajo las restricciones previstas y las Medidas de Manejo Ambiental (MMA) aprobadas, la incidencia ambiental potencial de estos microeventos resulta asimilable a proyectos de baja complejidad, lo que habilita su encuadre dentro de un esquema de control simplificado.

La resolución aclara que todas las solicitudes deberán presentarse con una antelación mínima de cinco días hábiles administrativos, y que la Intendencia del Parque Nacional Iguazú será responsable del control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas, con facultad para suspender o revocar las autorizaciones ante cualquier incumplimiento o riesgo para la conservación del área protegida.

Antes de finalizar el plazo de un año, la Intendencia deberá elevar un Informe de Cierre de la Instancia Experimental, que permitirá evaluar futuras definiciones técnicas y administrativas sobre la continuidad o modificación del régimen.

La medida fue aprobada por el Directorio de la Administración de Parques Nacionales, integrado por Walter Rubén Scibilia CampanaMaría Victoria HaureRicardo BotanaGuillermo Eduardo Díaz Cornejo y Sergio Martín Álvarez, en el marco de las facultades otorgadas por la Ley 22.351.

Fuente: Ambito