Este jueves la Cámara Federal de Apelaciones decidió dar marcha atrás el rechazo de la habilitación de la feria judicial, que había realizado el juez federal Alberto Osvaldo Recondo, por lo que finalmente se habilitó.
Por esto, se podrá tratar una acción de amparo presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (Cecim), buscando que se declare nulo el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei, que deroga la Ley de Tierras.
Los jueces Carlos Alberto Vallefin y Jorge Eduardo Di Lorenzo indicaron que por «la naturaleza de los derechos comprometidos y las razones de urgencia oportunamente invocadas, pudiendo la demora tornar ineficaz lo peticionado u originar un perjuicio insuperable a la parte» se habilita la feria judicial, bajo el artículo 153 del Código Procesal Civil y Comercial y del Reglamento de la Justicia Nacional.

A su vez, se «deroga la ley 26737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales» y «pone en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional”. Además, se aclara que la habilitación de la feria «no mplica pronunciamiento alguno sobre el asunto planteado, sino solo respecto del pedido».
El abogado de Cecim, Jerónimo Guerrero Iraola, escribió en sus redes sociales que “Ahora el Juez Federal Recondo deberá continuar con el trámite del amparo que interpusimos para que se declare la nulidad del art. 154 del DNU del Poder Ejecutivo”.