El gobierno nacional mediante el Boletín Oficial incluyó dos disposiciones que modificaron el sistema de etiquetado frontal de alimentos envasados, actualmente vigente en Argentina desde 2022 por medio de los octógonos negros visibles en los alimentos comercializados.
Las disposiciones que introdujeron cambios son la 11362/2024 que elimina varios artículos de la resolución de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y la 11378/2024 que establece las regulaciones vigentes y las modificaciones en materia de promoción y publicidad, con un enfoque particular en los alimentos que presentan un único sello de advertencia.
El texto oficial confirma la continuidad del «Sistema de declaración de sellos y advertencias nutricionales», integrado al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos. Este sistema, según se indica, fue creado para gestionar los procedimientos estipulados por la Ley Nº 27.642.
En relación con los considerandos, se señala: «Dado que la mencionada ley y su decreto reglamentario están completamente implementados, se considera necesaria la actualización de la Disposición ANMAT N° 2673/22».
Parte de los cambios están vinculados a eliminar la declaración jurada por la que las empresas debían registrar y brindar la información correspondiente, asegurando que los rótulos de los productos cumplieran con el análisis del sistema y respetaran las especificaciones técnicas de los sellos de advertencia y las leyendas precautorias.
También eliminó el gestor de prórrogas por el que las empresas podían solicitar ante la ANMAT una extensión de tiempo por única vez para adecuarse.
Otro de los elementos que elimina el gobierno nacional con las nuevas disposiciones es el buscador. Esta herramienta permitía que los consumidores pudieran consultar de forma abierta y en línea los perfiles de nutrientes de alimentos y bebidas analcohólicas, consolidando los datos provenientes de las declaraciones juradas presentadas por las empresas. Esto al no existir más la declaración jurada deja de tener vigencia porque las empresas no brindarán más datos de sus productos.
En las etiquetas el cambio será que se verán ingredientes añadidos durante la elaboración del producto. Es decir que se especificará la cantidad de azúcar, sodio, grasas y calorías adicionales incorporadas.
La normativa también regula aspectos vinculados a la publicidad como la presentación objetiva del producto, la obligatoriedad de incluir los sellos de advertencia, y la prohibición de elementos como personajes infantiles o promociones que puedan resultar engañosas.