22 de agosto de 2025

Con la Ley Olimpia la violencia digital es punible

Incorpora a la violencia digital como una de las modalidades de la violencia por motivos de género.

A partir de hoy entra en vigencia la Ley Olimpia que incorpora el concepto de violencia digital a la ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres. El decreto 542/2023 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Ayelén Mazzina.

Inspirado su nombre y espíritu en el caso de la activista Olimpia Coral Melo que fue víctima de la difusión de imágenes íntimas en México y a raíz de ello, lideró la lucha contra la violencia digital en América Latina. Para Ayelén Mezzina esta ley pone un «límite en el escenario virtual a las agresiones, los hostigamientos y las violaciones a la intimidad» y lo convierte en un delito punible.

¿Qué es la violencia digital?

De acuerdo a la autora de la norma, Mónica Macha del bloque de Frente de Todos la violencia digital “es aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real, simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC”.

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