La iniciativa de Transparencia Fiscal al consumidor que empezó a regir hoy fue comunicda en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5614/2024 publicada el 13 de diciembre de 2024. Allí, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamenta el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor −creado por el Título VII de la Ley 27743−.
El régimen obliga a discriminar el IVA cuando las operaciones se lleven a cabo con responsables inscriptos, como también cuando se efectúen con consumidores finales, sujetos exentos y monotributistas. Además, obliga a discriminar los “demás impuestos nacionales indirectos” que incidan en el precio final de una operación (por ejemplo, impuesto internos, si corresponde).
En esta primera etapa, determina que las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios que pagan los consumidores finales.
La norma contempla que el resto del universo de los responsables inscriptos en IVA podrán sumarse al régimen de transparencia fiscal de forma opcional hasta el 31 de marzo de 2025 y obligatoriamente a partir del 1° de abril. Todos los comprobantes deberán tener una línea en donde se detalle el monto correspondiente al impuesto al valor agregado y, cuando sean emitidos por una empresa grande, también indicarán los impuestos internos que incidan en el precio final que paga el consumidor.