27 de julio de 2024

AFIP actualizó los mínimos para informar la venta de motos, autos y propiedades

A través de la resolución general 5362, publicada en el Boletín Oficial, el organismo estableció que los valores serán actualizados una vez al año sobre la base de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el INDEC.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos que los contribuyentes deben declarar transferencias de operaciones de compraventa o intermediación de motos y autos usados. Los valores actualizados tendrán vigencia desde el 1 de abril pese a haber sido informadas ayer.

Además, también actualizó el valor mínimo desde el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) para las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados.

Los nuevos montos para declarar compraventas de vehículos e inmuebles ante AFIP

  • Autos usados: el monto pasa de $1.100.000 a $2.669.276. Los contribuyentes deben declarar ante AFIP las operaciones de intermediación o compraventa por cuenta propia o de terceros.
  • Motos usadas: el valor a partir del cual se debe declarar transferencia se elevó de $450.000 a $1.091.977.
  • Certificado de Transferencia de Automotores (CETA): la obligatoriedad para la obtención del CETA pasó de los $4.500.000 a los $10.919.766.
  • Bienes inmuebles: el mínimo pasó a $22,8 millones. En caso de igualar o superar ese monto se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI).