La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos que los contribuyentes deben declarar transferencias de operaciones de compraventa o intermediación de motos y autos usados. Los valores actualizados tendrán vigencia desde el 1 de abril pese a haber sido informadas ayer.
Además, también actualizó el valor mínimo desde el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) para las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados.
Los nuevos montos para declarar compraventas de vehículos e inmuebles ante AFIP
- Autos usados: el monto pasa de $1.100.000 a $2.669.276. Los contribuyentes deben declarar ante AFIP las operaciones de intermediación o compraventa por cuenta propia o de terceros.
- Motos usadas: el valor a partir del cual se debe declarar transferencia se elevó de $450.000 a $1.091.977.
- Certificado de Transferencia de Automotores (CETA): la obligatoriedad para la obtención del CETA pasó de los $4.500.000 a los $10.919.766.
- Bienes inmuebles: el mínimo pasó a $22,8 millones. En caso de igualar o superar ese monto se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI).