El concejo deliberante de Eldorado se aprobó la Prohibición de propaganda política partidaria para los próximos comicios electorales.
El proyecto -elaborado por el Bloque Unión Cívica RADICAL de los ediles Rosi Kurtz y Daniel González – prohíbe la colocación de propaganda gráfica política o partidaria con fines electorales, mediante carteles, pegatinas, pasacalles, murales de escrituras o pinturas en la vía pública.
Los considerados de la ordenanza:
Que, en primer lugar, hay que reafirmar la actividad política como esencial en el sistema democrático y la consecuente difusión de las ideas y propuestas de los candidatos como una garantía y un derecho del sistema republicano.
Que, sin perjuicio de ello, se ha percibido en los últimos tiempos, que esa actividad de difusión genera daños a la ciudad y sus habitantes y resulta necesario legislar al respecto para minimizar los causados.
Que, en épocas cercanas a los comicios electorales municipales, provinciales y nacionales, la ciudad de Eldorado se ve inundada de anuncios proselitistas tales como cartelería, afiches, pasacalles, pegatinas, murales pintados, entre otros.
Que dichos medios de propaganda son instalados por los diferentes partidos políticos en columnas, postes de alumbrado público, de telefonía e internet, semáforos, cercos de predios baldíos, carteles indicadores de calles, paradas de transporte público, entre otros.
Que la ciudad de Eldorado cuenta con construcciones antiguas datadas de los primeros años de su fundación, como así también con numerosos espacios verdes y plazas, razón por la cual se destaca la ciudad por sus características urbanísticas.
Que la colocación y /o instalación de cartelería o realización de murales de contenido político afecta la armonía visual de la vía publica, generando un impacto negativo en el entorno Urbano- Ambiental.
Que para la realización de los mismos se requiere de materiales contaminantes tales como plásticos y pintura, como así también la utilización de recursos naturales como el agua, por lo cual incluso aunque sea reciclado posteriormente, afectan al ambiente.
Que la adopción de este tipo de medidas busca preservar todos los espacios públicos de la ciudad, teniendo como objetivo incentivar la responsabilidad individual, colectiva y ecológica, evitando la contaminación visual, sonora y ambiental, preservar la estética urbanística e impedir por sobre todo las consecuencias y/o daños que pudiera causar a terceros por la mala colocación de los mismos.
Que, atento a dictamen del asesor jurídico a foja 07 expresa:.. “Existiendo legislación en nuestra ciudad de la que se pretende aprobar con el Proyecto de autos, (Ordenanza 033/2000 y su Decreto Reglamentario Nº 082/2001), así como la mencionada en los considerandos del Proyecto en análisis, estimo que correspondería compatibilizar la normativa existente con el proyecto, o caso contrario derogar la Ordenanza”…-
La resolución:
ARTICULO 2º): PROHIBIR la colocación de propaganda grafica política o partidaria con fines electorales, mediante carteles, pegatinas, pasacalles, murales de escrituras y/o pinturas, en toda la vía publica, sean postes de luminarias del tendido eléctrico, telefónicos de televisión u otros de similar naturaleza, semáforos, edificación ornamentaría y paradas de transporte público. Asimismo, se prohíbe la propaganda sonora, como la distribución de panfletos, en formato físico, cualquiera sea su tipo.
ARTICULO 3º): ESTABLECER una multa de 100 a 1.000 U.F. por infracción a la presente Ordenanza. –