El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones declaró inconstitucional el inciso 10 del artículo 48 de la Constitución Provincial, que impedía votar a policías y fuerzas de seguridad. La decisión, adoptada por mayoría, habilita a estos agentes a participar en las elecciones legislativas provinciales del 8 de junio. El De esta manera, deberán volver a figurar en el padrón electoral de donde fueron borrados en su momento por disposición del Tribunal Electoral de la provincia.
La presidente del Superior Tribunal de Justicia, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori emitió el voto favorable con el acompañamiento de los otros ministros, aunque Cristina Irene Leiva y María Laura Niveyro se encontraban en uso de licencia. Se conoció que tras la revisión realizada por el Procurador de la provincia. Carlos Giménez, a instancia de un pedido concreto realizado por el gobernador Hugo Passalacqua, se concluye que “no cabe ninguna inhibición” porque se había planteado “un pedido de control de legalidad y a favor de la ciudadanía”.
Ayer, el procurador Carlos Giménez realizó un control de legalidad sobre la decisión del Tribunal Electoral que había ratificado su postura. Tras la revisión, el procurador consideró que “dicha restricción atenta directamente contra los principios democráticos, igualdad ante la ley, resulta desproporcionada en cuanto al interés tenido en miras al momento de dictarse la norma”. Y en contrasentido sostiene que “la inclusión de los ciudadanos hoy excluidos del Padrón Electoral resulta necesaria en la progresiva igualación y universalización del derecho a la participación política”.




