30 de enero de 2025

Nación asistirá a productores afectados por la gripe aviar

El programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria asistirá con 7.450 millones a los productores avícolas.

La norma precisa que el objetivo del programa, que estará en vigencia por 180 días a partir de mañana, consiste en asistir a los productores avícolas en la mitigación del impacto económico ocasionado por el sacrificio sanitario de aves de corral y destrucción de huevos fértiles y frescos.

El Ministerio de Economía creó en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, el Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – influenza aviar H5 y H7 que se financiará con $ 7.450 millones de fondos provenientes del Fondo Incremento Exportador, conformado por una parte de las liquidaciones de divisas de las agroexportaciones, a través de la Resolución 638/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma precisa que el objetivo del programa, que estará en vigencia por 180 días a partir de mañana, consiste en asistir a los productores avícolas en la mitigación del impacto económico ocasionado por el sacrificio sanitario de aves de corral y destrucción de huevos fértiles y frescos, con motivo de la detección o sospecha de contagio de Influenza Aviar H5 y H7, mediante la asignación de un beneficio económico.

Al respecto, se determinó que podrán ser beneficiarios todos aquellos productores y productoras avícolas que tengan registrado el establecimiento bajo su titularidad en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Trámites para acceder

Deberán figurar en alguna de las categorías asociadas a aves producción carne o huevo, recría, reproducción de padres pesados o livianos, abuelos pesados, planta de incubación y agricultura familiar.

Además, tienen haber sido afectados por una medida de sacrificio de aves de corral o destrucción de huevos fértiles o frescos con motivo de la detección o sospecha de contagio del virus de Influenza Aviar H5 y H7.

Del mismo modo, deberán no haber obstaculizado o impedido la labor de los agentes del Senasa en ninguna de las instancias del procedimiento de intervención de emergencia sanitaria, y haber notificado de manera inmediata al organismo ante la aparición de síntomas de Influenza Aviar (H5/H7).