Tras la aprobación del cambio en el paquete fiscal con la Ley Bases del gobierno nacional, AFIP informó la nueva fecha para la recategorización. Tras la promulgación de esta ley, cambió de manera retroactiva la tabla de categorías e impacta en los montos a pagar dentro de este régimen tributario.
La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.
Es que según la Ley N° 27743, que ya entró en vigencia por medio del decreto 593/2024, la cifra de la facturación tope se eleva de manera significativa. Esto permite que muchas más personas puedan ingresar y mantenerse en este régimen impositivo simplificado. Además, se elimina la diferencia del tope de ingresos permitidos para estar en el régimen, según se trate de personas dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.
Las nuevas categorías del monotributo
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.
- Categoría A: pasa de $2.108.288,01 a $6,45 millones
- Categoría B: pasa de $3.133.941,63 a $9,45 millones
- Categoría C: pasa de $4.387.518,23 a $13,25 millones
- Categoría D: pasa de $5.449.094,55 a $16,45 millones
- Categoría E: pasa de $6.416.528,72 a $19,35 millones
- Categoría F: pasa de $8.020.660,9 a $24,25 millones
- Categoría G: pasa de $9.624.793,05 a $29 millones
- Categoría H: pasa de $11.916.410,45 a $44 millones
- Categoría I: pasa de $13.337.213,22 a $49,25 millones
- Categoría J: pasa de $15.285.088,04 a $56,4 millones
- Categoría K: pasade $16.957.968,71 a $68 millones