08 de julio de 2024

Más control en consumos en tarjetas y movimientos en cuentas bancarias

Hoy comenzaron a regir los nuevos valores a partir de los cuales el organismo exige a bancos y billeteras virtuales que informe sobre sus clientes.

Desde el día de hoy, se actualizan los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización se había realizado en 2022.

La normativa de la autoridad tributaria, que se publicó hace diez días en el Boletín Oficial, incrementó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Asimismo, la Resolución General 5138/2022 llevó de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

La AFIP actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización de la normativa se había realizado el año pasado.

Esto significa que cada compra que haga un usuario de tarjeta de débito -es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito- por encima de los $120.000 deberá ser reportada por el banco o fintech que emitió ese plástico a la AFIP.

De acuerdo a información del Banco Central, a diciembre de 2022 había en vigencia 51.657.757 de tarjetas de débito emitidas por entidades financieras en manos del público. Además, existen 86 millones de cuentas de caja de ahorro abiertas en bancos.