La AFIP actualizó los sueldos para tomar en consideración el alcance del Impuesto a las Ganancias y utilizó solamente la inflación de julio y agosto. El impacto es que al utilizar un porcentaje de 8,37% anual, sube el mínimo solo a $1.950.685 de salario bruto para un trabajador soltero lo que genera que más personas estén alcanzadas por el impuesto este mes.
El cálculo de la AFIP generó una brecha de aproximadamente $28.800 menos de lo esperado en cuanto a la base. La publicación de la tabla de alícuotas acumuladas mes a mes es aplicable a remuneraciones percibidas desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Además, dispuso que en la liquidación anual, las personas humanas y las sucesiones indivisas abonarán sobre las ganancias netas sujetas a impuesto las sumas que resulten de acuerdo con la escala de esta tabla de anual.
De esta manera, entre septiembre y diciembre de 2024, los asalariados sin cargas de familia ni otras deducciones comenzarán a pagar desde un sueldo neto de $ 1.619.069 (antes, $ 1.494.000) por mes o $ 1.950.685 de sueldo bruto (antes, $ 1.800.000 ).
Si fuera un trabajador que puede deducir cónyuge y 2 hijos, comenzaría a pagar a partir de un salario bruto de $ 2.586.913 (antes, $ 2.360.000).
Cómo quedan las deducciones personales y las escalas
En tanto, las deducciones del artículo 30 se fijan en los siguientes montos anuales, a partir de septiembre.
- Ganancia no imponible (GNI). $ 3.349.797,55 ($ 3.091.035).
- Cónyuge con ingresos inferiores a la GNI. $ 3.154.837,42 ($ 2.911.135).
- Hijo menor de 18. $ 1.590.996,02 ($ 1.468.096).
- Hijo incapacitado para el trabajo. $ 3.181.992,04.
- Deducción especial empleados. $ 16.079.028,24 ($ 14.836.968)
- Deducción especial autónomos: $ 11.724.291,42 ($ 10.818.622,50).
- Deducción especial emprendedor/joven profesional: $ 13.399.190,02.