10 de junio de 2025

¿Quiénes pagan el SIRCUPA de las billeteras digitales?

Desde mayo de 2022 la AFIP estableció que las billeteras digitales deberán informar los movimientos de sus clientes cuando superen los $30.000.

El SIRCUPA, régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre billeteras digitales, creado por la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral, causó un revuelo en la población, que se pregunta si deberá pagar el impuesto o no.

La Agencia Tributaria de Misiones (ATM) fue la encargada de adherir el SIRCUPA, comenzando a aplicar la taza de impuestos a los Ingresos Brutos, que va desde el 1,2% al 4% por acreditación realizada, a todos los que sean contribuyentes que reciban pagos o transferencias digitales.

Entonces, el régimen de retención afecta a quienes realicen comercialización de bienes o servicios y reciban pagos a través de cualquier medio. También, a los que estén inscriptos en el Impuesto a los Ingresos Brutos de las provincias adheridas; y los contribuyentes que se encuentren bajo la modalidad de Convenio Multilateral y realicen operaciones con las jurisdicciones afectadas.

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