La Agencia Tributaria Misiones modificó las tasas de interés aplicables a obligaciones fiscales y planes de pago en la provincia. La medida quedó establecida mediante la Resolución General Nº 08/2026 D.G.R. y comenzará a regir desde el 1° de junio de 2026.
La disposición salió publicada este martes en el Boletín Oficial y actualizó los intereses vinculados con deudas tributarias, financiación y procesos judiciales de cobro. Según explicó el organismo, la resolución busca promover el cumplimiento voluntario de los contribuyentes y desalentar conductas dilatorias.
El texto tomó como base la Ley XXII – N° 35 del Código Fiscal provincial y la Resolución General N° 09/24-DGR, ratificada anteriormente por el Ministerio de Hacienda. Además, la normativa recordó que el Código Fiscal faculta a Rentas para fijar las tasas de interés aplicables dentro de los límites legales establecidos.
En ese contexto, la Agencia Tributaria determinó una tasa de interés resarcitorio del 3,50 % mensual. Ese porcentaje se aplicará sobre obligaciones fiscales impagas desde sus respectivos vencimientos.
Por otra parte, la resolución estableció una tasa del 2,50 % mensual para los planes de facilidades de pago. El organismo aclaró que la mora en las cuotas activará automáticamente el interés resarcitorio previsto en el Artículo 1°.
La resolución también modificó el interés punitorio para deudas judicializadas. Desde junio, la tasa alcanzará el 4 % mensual y se aplicará cuando el Estado recurra a la vía judicial para exigir el cobro de impuestos, tasas, contribuciones, anticipos, retenciones, percepciones y multas.
Además, la normativa precisó que el interés punitorio comenzará a computarse desde la fecha de interposición de la demanda judicial. Para determinar ese período, Rentas tomará la fecha registrada en el Sistema de Gestión de Expedientes Digital Judicial, conocido como SIGED.
En los fundamentos de la resolución, la Agencia Tributaria sostuvo que “en el actual contexto económico, resulta oportuno adecuar las tasas de interés aplicables”. Asimismo, el organismo consideró necesario “promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y, al mismo tiempo, desalentar conductas dilatorias que impliquen la necesidad de recurrir a la instancia judicial”.




