22 de agosto de 2025

El Gobierno Nacional determinó nuevas reglas para las prepagas

Las medidas publicadas hoy en el Boletín Oficial se centran en las edades de ingreso y el valor de los aumentos.

A poco de finalizar el mandato de Alberto Fernández, el Gobierno Nacional por medio de la Superintendencia de Salud publicó medidas que atañen a las entidades de medicina privada en el Boletín Oficial por medio de la resolución 2407.

Las medidas apuntan a proteger a los usuarios de varias dinámicas que hace tiempo lo vienen perjudicando como lo es el incremento excesivo para quienes tengan más de 65 años y no cuenten con 10 años de afiliación previo o la limitante respecto a la edad para poder afiliarse, siendo que a la fecha mayores de 65 años difícilmente son aceptas en las prepagas.

Así, las medidas se centraron en tres elementos para equilibrar la relación de poder entre prepaga y usuario:

Límite por edad

Uno de los temas más sensibles para muchas personas era el hecho de no poder afiliarse a una prepara luego de alcanzar cierta edad. Para el Poder Ejecutivo, la edad de los usuarios “no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión conforme lo determina en forma expresa y categórica el artículo 11 de la Ley Nº 26.682”, que regula la actividad.

Franjas etarias

Actualmente las prepagas disponen de distintas franjas de edad según las que establecen distintos costos. Este hecho, está validado por el gobierno pero con la salvedad de que las entidades de medicina prepaga podrán establecer precios diferenciales en sus planes según las edades de sus afiliados con la condición de que «la variación de precio máxima sea tres veces entre el precio de la primera y la última”.

Mayores de 65 años

A aquellas personas que superen los 65 años y se encuentren afiliados a la entidad con más de 10 de antigüedad, no se les podrá aplicar el aumento en razón de su edad.

Esto cambia cuando los afiliados no superen los 10 años y tengan entre 65 y 69 años. Los incrementos en las cuotas serán:

  • Aumento del 30% para quienes tienen menos de seis meses de antigüedad.
  • Aumento del 27% para un año.
  • Aumento del 24% para dos años.
  • Aumento del 21% para tres años.
  • Aumento del 18% para cuatro años de antigüedad.
  • Aumento del 15% para cinco años de afiliación.
  • Aumento del 12% para seis años.
  • Aumento del 9% para siete años.
  • Aumento del 6% para ocho años de antigüedad.
  • Aumento del 3% para nueve años.

En cambio, para las personas de 70 a 74 años, esos aumentos irán del 60% a 6%; y para los mayores de esa edad, de 100% a 10%.