22 de diciembre de 2024

El Gobierno destituyó a los ocho policías acusados por sedición y conspiración

El gobernador firmó ayer el decreto por el que se establece la perdida del estado policial.

hugo passalacqua

Con la firma del Gobernador Hugo Passalacqua y el ministro de Gobierno Marcelo Pérez, el Gobierno de la Provincia de Misiones decidió destituir a los ocho policías acusados de sedición y conspiración y dio de esta manera una rápida y efectiva respuesta al intento de sembrar el caos del cuál los detenidos era organizadores.

Los ocho policías detenidos en el transcurso de esta última semana por el Juez Verón, siete de ellos en actividad y uno retirado, son el Oficial Ayudante Diego Hernán Correa; Oficial Ayudante Horacio Ezequiel Coutto; Suboficial Ayudante Iván Ezequiel Arrieta; Sargento Ramón Alejandro Arrieta, Sargento Lisandro Ramón Canteros; Sargento Joaquín Alejandro Orrego; Cabo primero Adolfo Basilio Guirula y el Suboficial Mayor (retirado) Ramón Oscar Amarilla, todos ellos integrantes del grupo de Whatsapp “Solo Cola”.

Las conversaciones escritas y los audios del grupo revelaron esta semana, con información obtenida del teléfono de Correa, el primero de los detenidos, que los implicados planeaban iniciar incendios en distintos pastizales y barrios de Posadas con la finalidad de hacer salir a las autobombas policiales, capturarlas, y con ellas iniciar el bloqueo de distintos puntos de la ciudad para sembrar el caos y con el objetivo de destituir a la cúpula policial.

El decreto que destituye a los policías acusados de sedición y conspiración

En su artículo 1 el Decreto establece la destitución con pérdida del estado policial para los ocho policías acusados de sedición y conspiración, tras los cual reafirma la medida en su artículo 2, cuando establece que sin perjuicio de la medida tomada en el artículo 1, se aplicará la destitución de la Policia por exoneración una vez que concluyan las actuaciones judiciales.

policías acusados de sedición y conspiración

La legislación vigente establece que “la exoneración solo será decretada cuando mediare condena judicial por delitos graves o infamantes. Los derecho-habientes, conservarán el derecho a la pensión policial, conforme lo determina la Ley de Retiros y Pensiones Policiales”.