El impuesto al valor agregado o más conocido en su versión acotada I.V.A está en el eje de la conversación de los argentinos desde que Sergio Massa anunció su devolución. De hecho, ya 12,5 millones de argentinos vieron el reintegro del IVA en sus cuentas desde que inició su ejecución.
Así, la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 5418/2023, reglamentó el programa “Compre sin IVA” que establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.
La medida promovida por Sergio Massa igualmente concentra numerosas dudas de los consumidores que ocupan las redes para colaborar con información y brindarse mutuamente soluciones para obtener el reintegro del IVA. Esta nota compila una serie de datos claves si uno quiere obtener el reintegro del IVA.
¿Qué compras devuelven IVA?
El beneficio del programa «Compre sin IVA» aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras impactando también en las compras realizadas por medio de la “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.
Desde la entidad nacional se informó que los beneficiados por la medida serían los siguientes grupos
a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.
El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
e) Personal de Casas Particulares.
f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:
- Cargos públicos.
- El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
- Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
- Locación de bienes muebles o inmuebles.
¿Cómo saber si estoy incluido en el reintegro del IVA?
Pese a la difusión de los grupos beneficiados con la devolución del IVA, muchas personas continuaban sin ver el IVA impactando en sus resúmenes. En este aspecto, desde Nación informan que para saber si uno está incluido en el reintegro del impuesto al valor agregado es posible consultar en la página de la AFIP.

Aquellos que pertenecen a los grupos incluidos en la devolución del IVA deben revisar la cuenta de CBU que tengan declarada en AFIP para percibir las devoluciones. Para ello, en Servicios deben buscar «Declaración de CBU».

Una vez dentro del apartado Declaración de CBU deben revisar si el cbu ingresado es correcto. De serlo, es necesario tildar en «Compre sin IVA».
De ser incorrecto, el usuario debe eliminar el CBU previo e ingresar el nuevo. Cuando ese paso sea realizado, necesitarán tildar el «Compre sin IVA» para que quede el cbu quede asignado al programa.

¿Dónde reclamar el reintegro del IVA?
El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria, dependiendo del horario en que se realizó la compra. De acuerdo a lo establecido por AFIP, las compras que se realicen hasta las 17h tendrán el reintegro dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.
Quienes compren luego de esa hora,17h, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.