La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este lunes la Resolución General 5876/2026, que extiende hasta el 27 de agosto el plazo para presentar la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. El vencimiento para el pago del saldo, en cambio, se mantiene en el 27 de julio.
La medida alcanza tanto a contribuyentes del régimen general como a quienes están adheridos al Régimen Simplificado, y ratifica que las obligaciones vinculadas al impuesto sobre los Bienes Personales podrán cumplirse hasta el 27 de julio inclusive.
En paralelo, el organismo dispuso una prórroga para el ingreso del primer anticipo de Ganancias 2026, que se trasladó a septiembre: el día 14 para CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3; el 15 para terminaciones 4, 5 y 6; y el 16 para las terminaciones 7, 8 y 9.
ARCA fundamentó la decisión en razones de administración tributaria y en la necesidad de otorgar un plazo adicional, dado que el cálculo de los anticipos se realiza sobre la base del impuesto determinado en el período inmediato anterior.




