Por medio del decreto 316/2023 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno confirmó que las personas que cobren salarios por debajo de los $880.000 no deberán abonar el Impuesto a las Ganancias por sobre el aguinaldo de mitad de año. Asimismo, se adelantó que se harán las devoluciones correspondientes de las sumas retenidas a lo largo del año fiscal 2023.
Como consecuencia del acuerdo que definieron el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y el ministro de Economía, Sergio Massa, se oficializó el ajuste realizado en torno a lo dispuesto en el inciso “z” del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, que establecía el mínimo no imponible en $150.000. Tras las actualizaciones realizadas a lo largo de estos años, esta cifra se fijó en $506.230.
De esta manera, el nuevo cálculo que se realizó permitió determinar que quienes perciban un salario de hasta $880.000 no pagarán el tributo sobre el aguinaldo, cifra que representa diez veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil que aumentó a $87.987 en junio, según las modificaciones realizadas desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en marzo de este año.
A la par de los cambios efectuados, la gestión nacional dictaminó que en los recibos de haberes que se emitan se aplique la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias – Sueldo Anual Complementario 2023″, como método para que los empleados verifiquen que han sido incluidos en el grupo de los beneficiados.