El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó un régimen único de acreditación para veterinarios, técnicos, inspectores sanitarios, vacunadores y otros operadores privados que participan en planes oficiales de sanidad y bienestar animal. La medida quedó formalizada en la Resolución 43/2026, publicada en el Boletín Oficial, y entra en vigencia desde el próximo día hábil.
El nuevo esquema reemplaza los sistemas anteriores y concentra todo en el Sistema Único de Registro (SUR), con criterios unificados de inscripción, capacitación, vigencia, reválidas y sanciones. La acreditación tendrá una validez de cuatro años y deberá revalidarse para no caer automáticamente.
La resolución establece como obligatoria la aprobación de cursos de acreditación, mayormente virtuales, a través del Aula Virtual del SENASA, y exige domicilio electrónico y uso permanente de los sistemas informáticos oficiales para trámites y reportes sanitarios. Además, se uniforman los “roles de acreditación”, que determinan las tareas específicas habilitadas para cada profesional.
Los acreditados deberán notificar de inmediato enfermedades de denuncia obligatoria, participar en vigilancia epidemiológica, aplicar sistemas de trazabilidad animal y promover Buenas Prácticas Pecuarias. También se refuerza su rol en campañas sanitarias, emergencias epidemiológicas y controles vinculados al comercio exterior, con énfasis en la calidad y confidencialidad de la información.
Se tipifican como “conducta impropia” prácticas como certificar acciones no realizadas, omitir notificaciones, emitir documentación falsa o actuar con negligencia técnica. Las sanciones van desde suspensión preventiva hasta baja definitiva e inhabilitación por cinco años, con comunicación a colegios profesionales y autoridades provinciales.
El nuevo marco implica mayores controles, capacitación continua y trazabilidad estricta de las intervenciones. SENASA fundamenta la medida en la necesidad de fortalecer la sanidad animal y garantizar estándares internacionales. El desafío para el sector privado será adaptarse a la digitalización y a las exigencias administrativas que acompañan la unificación de trámites.
La Resolución 43/2026 aplica únicamente a veterinarios y técnicos privados acreditados o en proceso de acreditación ante SENASA, y abarca tareas vinculadas a campañas de vacunación, muestreos sanitarios, certificaciones, vigilancia epidemiológica, comercio exterior y programas de bienestar animal. No regula el ejercicio profesional general, sino el rol del veterinario privado como auxiliar del sistema sanitario oficial.SENASA endurece el régimen de acreditación para veterinarios privados




