El Juzgado Federal N°2 de Catamarca hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer, en un plazo de 24 horas, todas las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas en la provincia, y abonar los haberes retenidos a sus titulares.
La resolución, firmada por el juez Guillermo Díaz Martínez, también prohíbe nuevas auditorías y suspensiones basadas en el decreto 843/24, cuestionado por establecer criterios restrictivos que, según los demandantes, vulneran principios constitucionales de progresividad y no regresividad en materia de discapacidad.
La acción fue impulsada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APIFADYN) y el Defensor del Pueblo, Dalmacio Mera. Denunciaron irregularidades en las auditorías, notificaciones defectuosas, plazos exiguos y obstáculos para ejercer defensa administrativa. El juez consideró acreditado el peligro en la demora y el carácter alimentario de los haberes, por lo que resolvió sin dar traslado a la parte demandada.
La causa fue inscripta en el Registro de Procesos Colectivos. Aunque el fallo tiene alcance provincial, podría sentar precedente para otras jurisdicciones, como Misiones, donde también se presentaron amparos por la suspensión de pensiones.